¿Sabes cómo debe ser el cumplimiento de NOMs de información comercial en un Almacén General de Depósito? Aquí te lo explicamos.
¿Qué son los Almacenes Generales de Depósito?
Los Almacenes Generales de Deposito son Entidades dedicadas al almacenamiento de bienes o mercancías bajo su custodia, amparados por certificados de depósito. Además, otorgan financiamiento tomando como garantía los bienes bajo su custodia
El alcance de sus actividades está en función del nivel que tengan autorizado:
Nivel I.- exclusivamente para almacenamiento agropecuario y pesquero;
Nivel II.- almacenamiento de bienes o mercancías de cualquier clase, a excepción del régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamientos;
Nivel III.- almacenamiento de bienes o mercancías de cualquier clase y mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal;
Nivel IV.- además de las actividades citadas en los niveles anteriores, otorguen financiamiento con garantía sobre los bienes o mercancías recibidas en depósito.
Opciones para el cumplimiento
Adicional se puede ingresar mercancías para que en ellos se cumpla con el cumplimiento a las NOMs de información comercial en territorio nacional, inclusive la obligación de someter a verificación o inspección, según corresponda, la veracidad de la información que ostentan las etiquetas, cuando corresponda, siempre que se destinen las mercancías al régimen de depósito fiscal, en el plazo establecido por la LA, en un Almacén General de Depósito.
Los importadores que opten por la alternativa prevista en esta fracción deberán:
a) Dar cumplimiento a las NOMs de información comercial en un Almacén General de Depósito, en el cual una unidad de verificación o inspección, según corresponda, acreditada y aprobada en los términos de la LIC, realizará ya sea la verificación o inspección, de la información comercial;
b) Declarar en el pedimento de importación, antes de activar el mecanismo de selección automatizado, la clave que se establezca en las Reglas del SAT para identificar las mercancías que se encuentren en los supuestos a que se refiere esta fracción;
c) Transmitir en documento electrónico o digital como anexo al pedimento de importación, copia de la solicitud de servicios, así como el contrato que haya celebrado con el Almacén General de Depósito, en el que se indique el nombre, domicilio de la bodega en que permanecerán bajo el régimen de depósito fiscal, RFC y la clave de acreditación del Almacén General de Depósito, y
d) El número de solicitud o folio correspondiente, deberá ser declarado en el pedimento de la operación de que se trate.
Conclusiones
Ahora ya sabes cómo debe ser el cumplimiento de NOMs de información comercial en un Almacén General de Depósito.
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